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Qué Es Y Como Se Solicita El Permiso De Residencia

Qué Es Y Como Se Solicita El Permiso De Residencia

Reunirse con sus familiares de forma legal en España. Convivir con la familia directa. Esta es la esencia de la reagrupación familiar. La oración “me quiero traer a mis hijos o bien mis padres a España” hace referencia, en general, a la solicitud del permiso de residencia por reagrupación familiar.

En el sitio web oficial del Ministerio de Empleo se recoge la reagrupación familiar como una autorización de vivienda temporal que se va a poder entregar a los familiares de los extranjeros residentes en España, en razón del derecho a la reagrupación familiar”.

Ahora que bien sabes qué es la reagrupación familiar, vamos a explicarte quién puede solicitar este permiso de residencia, en qué momento y qué requisitos hay que cumplir. abogados especialistas en inmigración

¿Quién puede pedir el permiso de vivienda por reagrupación familiar?

El reagrupante es el miembro de la familia que tiene vivienda legal en España y que cumpliendo con determinados requisitos va a poder reagrupar a sus familiares, llamados reagrupados.

El permiso de vivienda por reagrupación familiar debe ser solicitado por el reagrupante. Para esto, debe haber residido en España por un periodo mínimo de un año y tener un permiso para residir en este país a lo largo de, cuando menos, otro año más. Además de este requisito para la concesión de la reagrupación, el residente en España debe disponer de una residencia conveniente y medios económicos suficientes. 

¿Qué se considera ingresos económicos suficientes?

El Ministerio de Empleo cifra esta cantidad en el ciento cincuenta por cien del IPREM para unidades familiares de dos miembros. Esto es reagrupante y reagrupado. Por cada reagrupado más se exige contar con de un cincuenta por cien más del IPREM, esto es, reagrupante y 2 reagrupados (cónyuge e hijo) deberá contar con de ingresos superiores al doscientos por ciento del IPREM.  abogadas de inmigración Dentro de estos ingresos se computarán los aportados por familiares de línea directa que convivan con el reagrupante.

Para acreditar esos ingresos, si el reagrupante trabaja por cuenta extraña debe aportar la última declaración del IRPF y su contrato de trabajo, al paso que si es autónomo, aparte de su última declaración de la renta, debe aportar la acreditación de estar desarrollando una determinada actividad.

Reagrupación familiar: requisitos y documentación para obtener esta autorización de vivienda temporal 

Además de los requisitos que te hemos contado, existen otros requerimientos para reagrupar legalmente a la familia en España. Son los siguientes:

  • Uno de los primeros y más importantes: no encontrarse en situación irregular en este país, tener prohibida la entrada en España o bien encontrarse en un periodo de no retorno.
  • No contar con de antecedente penales en nuestro país ni antecedentes por delitos contemplado en el Código Penal de España en otros países.
  • Haber pagado la tasa correspondiente para efectuar los trámites de concesión de la reagrupación familiar.
  • No haber contraído una enfermedad considerada de influencia grave para la salud pública. En la se encuentra la información referente a este tipo de enfermedades.  
  • Disponer de cobertura de asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social o bien contar con un seguro médico privado de enfermedades.

¿A quién se puede reagrupar?

Principalmente, los familiares que pueden ser reagrupados son:

  1. Hijos del reagrupante o del cónyuge. En este conjunto se incluyen los menores, hijos adoptados o bien incapacitados, toda vez que no estén casados.  Si se trata de un hijo o hijos de uno de los 2 miembros de la pareja, se debe acreditar que tiene la custodia o que ejercita a solas la patria potestad del reagrupado.
  2. Ascendientes de primer grado del reagrupante o de su cónyuge. Es decir, padre o madre de uno de los miembros de la familia. Para que esta reagrupación pueda celebrarse, es imprescindible acreditar que ese miembro de la familia ha estado a cargo del reagrupante o bien su pareja mientras estos radicaban en España. Para ello, por servirnos de un ejemplo, se pueden aportar los envíos de dinero efectuados. En la página del Ministerio se remarca que “para reagrupar a los ascendentes, el reagrupante habrá de ser titular de una autorización de larga duración o larga duración-UE”.
  3. Cónyuge o aquella persona con la que sostenga una relación análoga de afectividad. Esto puede darse cuando están inscritos como pareja en algún registro público o cuando se pueda acreditar (con pruebas admitidas en derecho) esa relación a pesar de no estar registrada.

¿Cómo se solicita la reagrupación familiar y qué plazo tiene la Administración para solucionar la solicitud?

El reagrupante debe asistir a la Oficina de Extranjería de la provincia y pagar, cuando se admita a trámite la solicitud, la tasa de residencia temporal por reagrupación familiar.

En un plazo de cuarenta y cinco días desde su petición, la Administración debe responder. Si no lo hace, se comprenderá desestimada por silencio administrativo. Si se admite la petición, en el plazo de dos meses el reagrupado debe pedir el visado. abogados especialistas en inmigración Este se puede solicitar en el consulado de España donde radique el reagrupado. Para solicitarlo, el reagrupado debe aportar:

  • Pasaporte o bien título de viaje válido en España, con vigencia de, por lo menos, 4 meses.
  • Documentación original acreditativa de los vínculos familiares.
  • Certificado médico.
  • Un certificado de antecedentes penales del país donde hubiese residido los últimos cinco años.

El consulado debe contestar a la petición en el plazo de 2 meses. De conceder este documento, el reagrupado deberá recogerlo en el plazo de dos meses desde el instante en que le avisan su concesión. Si es menor, será su representante legal quien recoja el visado.

Después del visado… El reagrupado debe llegar a España en el plazo de 3 meses

Siguen los plazos cortos. Concedido el visado, el reagrupado tiene de plazo hasta que finalice su validez, no superior a tres meses, para llegar a España. Una vez en este país, deberá pedir la en el plazo de un mes.

La Tarjeta de Identidad de Extranjeros se consigue en una Comisaría o en la Oficina de Extranjería. A fin de que sea facilitada, el reagrupado debe presentar:

  1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, modelo EX–17.
  2. Tres fotografías recientes y en color.
  3. Justificante del pago de las tasas de la tarjeta.

Como has podido revisar, los trámites y requisitos son numerosos y los periodos de tiempo cortísimos. Por eso, para efectuar todos los trámites de reagrupación familiar de forma segura, consulta con un letrado especialista.  

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